Preguntas frecuentes Sistema de Trámite Virtual

¿Cuál es la finalidad de la ley N° 27806 - Ley de trnasparencia y Acceso a la Información Pública?

Promover la transparencia de los actos del estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral de 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

¿Cuántos días tiene la Entidad Pública para atender la solicitud de Acceso a la Información?

La entidad Pública tiene 10 días hábiles para atender dicha solicitud.

¿Tengo que pagar por la información que recibiré al ser atendido mi solicitud?

Cuando la Entidad Pública ponga a su disposición la liquidación de su información al sexto día de interpuesta la solicitud, la forma de reproducción de la información que eligió el usuario puede ser de las siguientes maneras: • Entrega virtual: sin costo, se entrega al correo electrónico indicado en la solicitud. • Entrega de copias: el costo por la reproducción de la copia es de 10 céntimos por hoja. • Entrega de CD: el costo por la reproducción de la información es de 1.05 céntimos.

¿Qué es un reclamo para una Entidad Pública del Estado?

Según el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM de fecha 08 de mayo de 2011, que establece la obligatoriedad de contar con un Libro de Reclamaciones; define reclamo como expresión de insatisfacción o disconformidad del usuario respecto de un servicio de atención brindado por la entidad pública, diferente a la Queja por Defecto de Tramitación, contemplada en la Ley Nº 27444.

¿Solo son atendibles los reclamos consignados en el Libro de Reclamaciones físico o virtual?

Si, solo los reclamos ya que las quejas por defecto de tramitación tienen un trámite diferente.